Un campo sovietizado

Nelson David Chávez Salazar

Miembro del Equipo de Bloggers de Eslibertad

Artículo publicado originalmente el 22 de diciembre del 2016.

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Colombia pasará a la historia como el primer país del mundo en el que el socialismo marxista [1] llegó al poder gracias a un acuerdo de paz, firmado entre el gobierno nacional y la guerrilla de las FARC. El documento contempla seis puntos: 1) Reforma agraria, 2) Participación política para la guerrilla, 3) Condiciones para el fin del conflicto, 4) Continuación de la fallida guerra contra las drogas, 5) Reparación a víctimas (con impunidad a bordo para los comandantes guerrilleros) y 6) Mecanismos de refrendación. De dichos puntos, me referiré al primero de ellos por ser el que manifiesta de manera explícita el anhelo totalitario de las partes firmantes.

          La Reforma Rural Integral, contemplada en el acuerdo de paz, es el punto que más debilitará el avance de las libertades en Colombia, al concebir un ambicioso proyecto de ingeniería social que convertirá al campo colombiano en una versión tropical y a pequeña escala de su par soviético. Tras su promulgación, el Estado (ahora con la guerrilla incorporada en su seno) mermará la iniciativa privada y pasará a controlar toda la cadena productiva del sector agropecuario, desde el control sobre los medios de producción hasta el consumo final.

¿Cuál es el punto de partida?

          Si tuviéramos que definir la situación actual del campo en una sola palabra, esa sería pobreza. Según el último Censo Nacional Agropecuario (2014), el índice de pobreza multidimensional en el sector rural es del 44,7%, que equivale al doble del registro total nacional para ese año, que fue del 21,9% y al triple del índice urbano que se ubicaba en 15,4%. Vale la pena aclarar que este indicador refleja las carencias graves que los individuos sufren al mismo tiempo, por lo que se conoce como un indicador de pobreza severa.

          El profesor Miguel Anxo Bastos (2007) explica que la causa de la pobreza de los agricultores en países del tercer mundo, como Colombia, radica en dos factores: la baja tasa de capitalización y la existencia de barreras institucionales que impiden que sus productos alcancen el precio de mercado.

          Revisemos los datos. En relación con el nivel de capitalización, sólo el 16,4% de los productores agrícolas cuentan con maquinaria. De ese segmento, el 88,5% cuenta con maquinaria liviana (fumigadoras, cortacéspedes, motosierras, motobombas, entre otros), apenas el 11,5% tiene acceso a maquinaria pesada (cuarto frío, planta térmica, tractores, cosechadoras, embarcaciones, entre otros).

          Por otra parte, sólo el 33,3% de los agricultores utilizan algún sistema de riego, principalmente, la aspersión artesanal, que es la técnica menos sofisticada; y únicamente el 16,4% de las unidades productivas agropecuarias cuentan con infraestructura adecuada para el desarrollo de sus actividades. Finalmente, sólo el 16,5% recibió asistencia técnica y un escaso 10,7% ha solicitado crédito (en el 88,4% de los casos se ha aprobado).

          Estas cifras permiten inferir que el nivel de capitalización de los agricultores colombianos es muy bajo, por ende, su productividad también lo es. A manera de ejemplo, eso significa que mientras el agricultor del primer mundo es capaz de producir 12 toneladas de trigo en una jornada de trabajo de ocho horas, contando con maquinaria y técnicas sofisticadas, el agricultor colombiano produce una irrisoria cantidad de 100 kilos en todo el día, enfrentando difíciles condiciones laborales.

          Además de la baja capitalización, que conduce a rezagos en la productividad, el agricultor colombiano se enfrenta a condiciones de tipo institucional que dificultan el progreso del sector, entre las que se destacan las siguientes: una cultura poco favorable al ahorro (preferencia temporal por el consumo presente alta) y aún peor, a su transformación en inversión, el propio conflicto armado, derechos de propiedad débilmente establecidos, una cultura de dependencia basada en el otorgamiento de subsidios y otra clase de ayudas estatales, la difusión de ideas erradas sobre el desarrollo y el desprecio a todo lo que huela a empresario.

          Detengámonos en los cuatro últimos aspectos. En primer lugar, tenemos el tema de la propiedad. Según el Censo Nacional Agropecuario, el 82,2% de las unidades productivas agrícolas están bajo el régimen de propiedad privada. De manera desagregada, el 72,7% corresponde a tenencia propia, mientras que el 9,5% restante corresponde arrendamiento. El 11,5% son de propiedad colectiva, el 4,5% de propiedad mixta y el 1,5% están bajo aparcería.

          En cuanto a extensión, el 75% del total de unidades de producción tiene menos de 5 hectáreas. El 9%, entre 5 y menos de 10; el 11,7%, entre 10 y menos de 50; el 2,2%, entre 50 y menos de 100; el 1,7%, entre 100 y menos de 500; el 0,2%, entre 500 y menos de 1000, y el 0,2% restante tiene más de 1000 hectáreas. Según el Censo Nacional Agropecuario, el 73% del área rural pertenece a este último segmento. Más adelante, cuando se presenten los puntos de la Reforma, profundizaremos en el fenómeno de “concentración de tierras”.

          Si bien en Colombia prevalece el régimen de propiedad privada, la forma en la que se adquirió y los mecanismos que garantizan su protección son de dudosa naturaleza. Durante el transcurso del conflicto armado, las guerrillas marxistas se han apoderado de vastas extensiones de tierra y se han valido de artimañas legales para presentarlas como propiedad legítima. Así mismo, el Estado ha desplegado su poder de coerción sobre muchos agricultores. Instituciones como el han “sugerido” al gobierno colombiano expropiar tierras a campesinos improductivos para concedérselas a grupos empresariales amigos.

          A partir de lo anterior, puede inferirse que en Colombia existe un monopolio de tierras, tal como lo definiera Murray Rothbard (1998). Esto es, la imposición de reclamaciones arbitrarias (tanto de la guerrilla como del gobierno) sobre la propiedad del suelo, en detrimento de los intereses de sus legítimos propietarios.

          Una variable proxy que se usa para evaluar la defensa de los derechos de propiedad (en general, no sólo en el campo) es el indicador de “protección contra riesgos de expropiación”, el cual se puede ver en la Guía Internacional de Riesgo País, publicada por Grupo PRS. La escala va de 0 a 4. A medida que aumenta el número, disminuye el riesgo. Colombia obtiene una calificación de 3 sobre 4. No tan mal dirían algunos. Sin embargo, ese es el mismo puntaje que obtienen países como Vietnam, Costa de Marfil y Mozambique.

          En cuanto a la definición de derechos de propiedad, la mayoría de pequeños y medianos agricultores no cuentan con títulos formales de propiedad. Al respecto, cabe destacar que no es necesario que el Estado intervenga en su definición, el mercado puede hacerlo. Posteriormente, se verá cómo.

          Los derechos de propiedad no son una cuestión menor. Todo lo contrario. Según el célebre economista peruano Las sociedades que mejor definen los derechos de propiedad son las que presenten mayores niveles de capitalización y, a la postre, niveles más altos de desarrollo (Williamson, 2011).

          Pasemos ahora a la cultura de dependencia que se vive en el campo. Cabe destacar que éste no es un problema que afecte únicamente a los países subdesarrollados, también se extiende al primer mundo. Son harto conocidos los casos de Canadá y Estados Unidos, dos de los países que más subvencionan la agricultura en el mundo.

          En el caso de Colombia, el  92% de los recursos que el gobierno destina al sector agropecuario corresponde a subsidios. En función del PIB, Colombia es el país que más subsidia al campo en América Latina. De igual manera, trece subsectores del agro gozan de generosos apoyos crediticios a tasas de interés subsidiadas. Adicionalmente, está la carga burocrática, que incluye un poderoso Ministerio de Agricultura y cientos de entidades menores, como fondos de estabilización de precios, organismos de vigilancia y agencias de regulación. Por si fuera poco, también se suma el poder de los gremios, que no son más que asociaciones de políticos (varios de ellos con militancia partidista) disfrazados de empresarios. Ellos son los que engrasan la maquinaria del mercantilismo en el sector agropecuario, obteniendo toda clase de dádivas por parte del gobierno de turno.

          Pasando a otro punto del análisis, existe la idea generalizada de que el desarrollo económico depende, exclusivamente, de la producción de bienes industriales. El profesor Miguel Anxo Bastos (2007) nos recuerda que “lo que importa no es lo que se produce sino el margen de beneficio que se le extrae a lo que se produce” (p. 153). Existen países desarrollados como Finlandia que basan su prosperidad en productos del sector primario y países pobres como la India que le apuestan a los productos industriales como forma de desarrollo.

          Por último, refirámonos al desprecio que se tiene por los empresarios.  Ciertamente si el éxito empresarial de un individuo o grupo es el resultado de favores concedidos por el Estado, como la eliminación de competidores o protección especial frente a pérdidas económicas, los libertarios no podemos más que unirnos a ese sentimiento de desprecio. Si, por el contrario, el éxito empresarial es producto de la creatividad y el esfuerzo personal, no tendremos nada que objetar. Lastimosamente, en la cultura latinoamericana, especialmente en la colombiana, se desconfía de todo aquel que posee dotes empresariales, incluso si son el fruto de una inteligencia y un talento excepcionales. En el sector agrícola esta desconfianza se vive al máximo. Es frecuente escuchar propuestas como la estatización del suelo y la expropiación, a sangre y fuego, de los grandes terratenientes. La reforma agraria contemplada en el acuerdo de paz de cierta manera obedece a estos reclamos.

          Llegados a este punto, me gustaría destacar el trabajo de algunos empresarios como Mauricio Samper, director de Seaf, una empresa que ha realizado exitosas inversiones en pequeñas y medianas empresas del sector agropecuario, o Bill Randall, gerente de Pacific Agri Capital, compañía que financió un ambicioso proyecto de producción de cacao, único en su género. A estos héroes del capitalismo, que desafían barreras culturales sólo les debo admiración.

La “Reforma Rural Integral”

          Como hemos visto, el agro colombiano carece de muchos de los elementos que caracterizan una auténtica economía de mercado. Contamos con un sector rudimentario, monopolizado (en el sentido de Rothbard) y fuertemente politizado e intervenido. Lo trágico de esta Reforma es que llevará estos males a su máxima expresión, al aplicar nada menos que la utopía leninista.

          Para algunos, afirmar que el campo colombiano se “sovietizará” puede parecer una exageración. Contestaré a este reclamo, enunciando los siete elementos que caracterizaron el modelo agrario practicado en el orbe soviético (Schroeder, 1991):

  1. La propiedad pública (o predominantemente pública) sobre la tierra y el capital
  2. La asignación de tierra y capital por vía burocrática,
  3. El ordenamiento de la producción mediante planes centrales,
  4. Seguimiento de objetivos de producción, establecidos por el gobierno,
  5. Existencia de un sistema de precios artificiales (por encima de los precios de mercado),
  6. Existencia de negocios privados, pero subordinados al Estado y
  7. Existencia de cuasi-mercados de factores productivos.

          La Reforma propuesta en el acuerdo de paz entre el gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC contempla todos esos elementos, como veremos a continuación.

La sola idea de reforma rural es nefasta

          En los países tecnológicamente atrasados, donde predomina la producción agrícola primitiva, aún se cree que la solución a esos problemas radica en la implementación de una reforma rural, una idea decimonónica que no es más que la redistribución de la propiedad de la tierra mediante la acción del Estado, que se la quita a los grandes propietarios para otorgársela a los pequeños campesinos.

          Ludwig von Mises se refirió al tema de la reforma agraria. Para él, esta idea, presuntamente inspirada en la igualdad, establece un sistema de privilegios y discriminación, pues implica dar a cada agricultor una porción de tierra igual o similar a la de los demás sin importar quién sea más productivo. En ese sentido, los campesinos menos eficientes reciben beneficios injustos en perjuicio de los más eficientes (Mises, 1980).

          Los partidarios de la reforma agraria ignoran alegremente que la tierra es un medio de producción y que si se le da un uso agrícola se comporta como un bien de capital (Rothbard, 2009). Teniendo en cuenta la primera característica, repartir la tierra por partes iguales es como distribuir fábricas u otros medios de producción por partes iguales. Algo absurdo y sumamente perjudicial.

          Decía que los consumidores también se ven afectados por la reforma agraria. La razón es que se verán obligados a pagar por productos producidos por agricultores ineficientes, lo que se traduce en precios más altos que los del mercado. Como cualquier reforma agraria, la propuesta en el acuerdo de paz conducirá a lo mismo. Después de este largo rodeo, miremos por fin los puntos que contempla el documento:

 

sovietizacion 2

1. Filosofía soviética para el campo

          La Reforma Rural habla de la consolidación de un “Nuevo Campo Colombiano”, a partir de una serie de principios que bien podrían encontrarse en algún Plan Quinquenal de la URSS. A saber:

  • Transformación rural con igualdad.
  • Equilibrio entre los distintos “modos de producción” existentes.
  • Igualdad y enfoque de género (una de las metas del marxismo cultural).
  • Bienestar y buen vivir. Este principio busca la erradicación de la pobreza y la satisfacción plena de las necesidades de los habitantes de las zonas rurales. Recuerda mucho la célebre frase de Marx “De cada cual según sus capacidades, a cada cuál según sus necesidades”.
  • Integralidad, que garantice el goce efectivo de los “bienes públicos” como salud, vivienda, educación, infraestructura y conectividad.
  • Regularización de la propiedad.
  • Desarrollo sostenible (herencia de la manía verde-socialista moderna).
  • Presencia del Estado en todo el sector rural.
  • Uso adecuado de la tierra. Con este principio se pretende “devolver la tierra a quienes la trabajan”, promoviendo el acceso a la misma y reglamentando su uso.

 

 2. Creación de un Fondo Público de Tierras y subsidios (sí, más de los que ya existen)

          Con el fin de materializar el propósito de redistribución de la tierra se contempla la creación de un Fondo de Tierras, de carácter perpetuo, que durante los primeros doce años de existencia dispondrá de tres millones de hectáreas, adquiridas vía expropiación, para ser repartidas de manera gratuita entre todos aquellos campesinos “sin tierra” (¿es eso posible?) o con “tierra insuficiente”. Si bien la Reforma no establece un rango numérico que permita declarar la condición de insuficiencia, ya sabemos que los poseedores de unidades de producción de menos de cinco hectáreas representan el 75% de la población rural. Ese sería el porcentaje mínimo de agricultores que se beneficiarían de la redistribución.

          La expropiación se justificará por motivos de “interés social o de utilidad pública”. El principal de ellos es la tenencia de tierras improductivas. Al parecer, los artífices de la Reforma desconocen, por lo menos, dos cosas: 1) que no todas las tierras son fértiles. Si hay tierras improductivas no es porque el agricultor sea un holgazán sino porque es imposible obtener algún producto de allí; y 2) que en la agricultura, es necesario dejar de sembrar por temporadas para que la tierra descanse. En cualquier caso, la irracionalidad expropiadora del Estado le ganará la partida a la ciencia.

          De esa manera, se cumplirá una predicción hecha por Murray Rothbard (1998), quien decía que cualquier reforma agraria lo único que logrará es la transferencia (siempre violenta) de las tierras menos fértiles a los campesinos.

          Por otra parte, los arquitectos de la Reforma desconocen una verdad económica: que la tierra agrícola, al ser un bien de capital, genera rentas. En condiciones de libre mercado, las tierras con rentas más altas serán las que se exploten y su precio de mercado estará determinado por la concurrencia de tres factores: la suma de las rentas, su durabilidad (como bien físico) y las tasas de interés –que bajo libre mercado estarían en sus niveles naturales–.

          Con la redistribución de tierras se olvida todo eso. Su explotación ya no se hará en función de su rentabilidad sino por el motivo que el gobierno decida. Con ello se fortalece la situación de monopolio de tierras que vive el país. .Cuando el gobierno interviene en la distribución de tierras está generando un arreglo artificial de las condiciones del campo que ocasiona una elevación en los precios de los productos agrícolas. Es así como se explica el daño que este tipo de medidas causan al consumidor.

          Hay más todavía. La Reforma contempla dos mecanismos adicionales para garantizar el acceso a la tierra: el otorgamiento de subsidios para los campesinos que, por circunstancias muy puntuales, no puedan acceder al Fondo de Tierras y la creación de una línea de crédito (a tasas de interés subsidiadas) para la compra de tierra en el largo plazo. Con la manipulación de las tasas de interés, el precio de la tierra se verá distorsionado. La consecuencia lógica es la desaparición del libre mercado de tierras en Colombia, si es que alguna vez lo hubo.

          La Reforma plantea que en el marco de estos programas (Fondo de Tierras y subsidios) se mantendrá a raya la especulación. Recordemos que, para sus autores, ésta es una mala palabra. Los amantes de la libertad sabemos que no lo es. La especulación es parte inexorable de la acción humana y en una economía resulta altamente beneficiosa, pues permite “coordinar intertemporalmente el uso presente de los recursos con su previsible escasez futura” (Calzada, 2006). En el caso de las tierras, el especulador cumple dos funciones: por un lado, conservar aquellas que puedan tener gran valor en el futuro, reduciendo así el efecto de las fluctuaciones de los precios (Calzada, 2006), y por el otro, otorgar el uso que demande el consumidor, atendiendo a sus deseos y necesidades. Efectivamente, la Reforma acabará con la especulación económica, pues no habrá libre mercado. En su lugar florecerá la especulación política.

          Lo que acabamos de observar se relaciona con tres principios del modelo soviético: la propiedad pública sobre la tierra y el capital, la asignación de estos factores por vía burocrática y la existencia de cuasi-mercados de factores productivos.

3. Burocratización del agro

          El Estado no solo entregará la tierra, sino que también establecerá los lineamientos generales para su uso. Según la Reforma, con esto se busca generar una agenda común de desarrollo. Así mismo, se pondrán en marcha una serie de planes nacionales para tender aspectos como la construcción de infraestructura (vial, de riego y eléctrica), salud, educación, vivienda, asistencia técnica, formalización laboral y generación de ingresos para los campesinos más pobres. Dichos programas, como era de esperarse, están basados en el otorgamiento de subsidios, crédito barato, “estímulos productivos”, seguros de cosechas, entre otros. Estos instrumentos se conocen como “palancas económicas” y fueron utilizados, en principio, por los países del Telón de Acero (Schroeder, 1991).

          Con esta Reforma, la función empresarial, libre y creativa, será reemplazada por la arbitrariedad e ineficiencia de la planificación central. En la práctica, esto equivale a la abolición de la propiedad privada sobre los medios de producción, lo que imposibilita el cálculo económico. La consecuencia es una distorsión en los precios de los productos agrícolas, los cuales dejaran de reflejar los costos de oportunidad del productor.

          Se cumplen así tres principios del modelo soviético: el ordenamiento de la producción por medio de planes centrales, el seguimiento de objetivos de producción, determinados por el gobierno y la existencia de un sistema de precios artificiales, siempre por encima de los precios de mercado.

4. Regularización de la propiedad

          La Reforma propone alcanzar una “adecuada definición y protección de los derechos de propiedad”. Para ello, establece la creación de un grupo de burócratas que realice recomendaciones normativas que permitan regularizar los derechos de propiedad de todos los ocupantes y poseedores de “buena fe”.

          Esto no es ninguna definición ni, mucho menos, protección de los derechos de propiedad. Como explican los propios autores de la Reforma, se trata de una “regularización de la propiedad”, es decir que el Estado es el que decide el uso de la misma. La regularización se hará efectiva a partir del establecimiento de una “jurisdicción agraria” que se encargará de planificar el uso de la tierra a nivel nacional y atender los “conflictos” que se generen entre propietarios.

          Los presuntos propietarios de los que habla la Reforma trabajarán en tierras concedidas por el Estado, siguiendo sus dictámenes. Este punto lanza por la borda la propiedad privada. De lo cual podemos esperar que el único conflicto que se dibuje en el horizonte sea entre la Libertad y el Poder, no entre propietarios libres.

          La propiedad privada es el mecanismo que facilita la asignación de recursos. Por eso debe ser protegida. Como se anticipó en la primera sección, para este menester no es necesario que exista el Estado. Los derechos de propiedad pueden definirse adecuadamente mediante otros instrumentos. Uno de ellos es el Derecho Consuetudinario, el conjunto de normas, tradiciones y costumbres que de manera espontánea facilitan la cooperación y los intercambios entre los miembros de la sociedad. Infortunadamente, la cultura latinoamericana no es proclive a la defensa de la propiedad privada. En ello difiere sustancialmente de otras culturas como la anglosajona.

          Otro instrumento que permite establecer derechos de propiedad, sin necesidad de Estado, lo ofrece la tecnología del blockchain, la misma que respalda el bitcoin. Con el uso de esta plataforma es posible establecer un sistema de títulos de propiedad, con los más altos estándares de seguridad y transparencia, y a bajo costo. Esta alternativa privada resulta mucho más conveniente que la estatal, la cual es más costosa y reporta menos beneficios: la burocracia se mueve mucho más lento que la tecnología y responde a incentivos perversos.

          En Honduras se intentó desarrollar un proyecto de este tipo. Al igual que en Colombia, allí, muchos agricultores no cuentan con títulos de propiedad formales sobre sus parcelas. La empresa estadounidense Factom se ofreció a resolver el problema, usando la tecnología del blockchain. El proyecto se estancó por los obstáculos impuestos por el gobierno.

          El gobierno colombiano se ha beneficiado del monopolio sobre la emisión de títulos de propiedad. En algunos casos, extiende su dominio sobre vastas porciones de tierras “baldías” castigando el acceso a las mismas, por parte de agentes privados. En otros casos, entrega propiedades a sus amigos, llámense empresarios clientelistas o jefes gremiales. A ello se le suma el despojo masivo perpetrado por las guerrillas marxistas, quienes han llegado a apropiarse de miles de hectáreas. Posiblemente, ésta sea la explicación al fenómeno de concentración de tierras que vive el país.

          Las tierras de las FARC podrían pasar al Fondo de Tierras a través de la donación, un mecanismo planteado en la reforma que de manera subrepticia sirve para favorecer los intereses de la guerrilla. A los grandes terratenientes que hayan adquirido sus tierras de manera honesta sí se les aplicará todo el rigor de la expropiación.

5. Colectivización de la tierra

          El Estado diseñará un sistema de catastro rural para determinar qué tipo de predios existen en Colombia y quiénes son sus propietarios. Esto le permitirá identificar las propiedades de terratenientes y empresarios honestos, para expropiarles, en el largo plazo, y gravarles con el “Impuesto Predial Rural”, en el corto plazo. Este tributo es de carácter progresivo y tiene como norte el logro de la “equidad” y la “justicia social”. Para asegurar su pago, se creará un estricto sistema de recaudación.

          Según Robert LeFevre (1987), destacado empresario y activista libertario del siglo XX, gravar la tierra es una forma indirecta de colectivizarla. No obstante, la reforma también plantea medidas directas de colectivización, como la imposición del modelo de “economía campesina, familiar y comunitaria”, mediante el cual se agrupará a los campesinos en cooperativas para el desarrollo de proyectos de producción comunes y la multiplicación de las “Zonas de Reserva Campesina”, que son territorios de propiedad colectiva, ya existentes en el ordenamiento jurídico colombiano, semejantes a los koljoses soviéticos.

          Con este punto, se cumple el principio que nos faltaba: la existencia de negocios privados (mientras los haya), pero subordinados al Estado.

6. Control de la distribución

          La reforma afectará toda la cadena productiva del sector agropecuario. En el eslabón de la distribución, se contempla la creación de una red de centros de acopio controlados por el Estado, en un modelo similar al chino, que tendrán el objetivo de acabar con los mecanismos de distribución del mercado. Se insiste en la necesidad de minimizar progresivamente la intermediación, para reducir así el precio final que paga el consumidor. Sin duda alguna éste es el planteamiento más hipócrita del documento. Con la burocratización de la producción y la desaparición de los mercados libres de tierras y alimentos, se generará un sobreprecio, aún eliminándose la intermediación privada.

7. Estado consumidor

          El Estado también actuará por el lado de la demanda, comprando las cosechas (que el mismo ordena) a un precio mínimo de garantía. Los agricultores no podrán vender sus productos en el mercado por debajo de ese precio, con lo cual se perjudicará aún más al consumidor con precios excesivamente altos. Una distorsión tras otra del sistema de precios. Por otra parte, se generarán excedentes de producción inútiles, sólo para satisfacer el apetito estatal.

8.Politización del consumo

          La Reforma establece la creación de un Consejo Nacional de Alimentación y Nutrición, que tendrá el objetivo de formular una política alimentaria única, basada en la promoción de “hábitos saludables” entre la población rural. Sin embargo, nada impide que se extienda también a las ciudades.

          Por otro lado, se incentivará el consumo exclusivo de productos colombianos, esto con el fin de restringir los efectos de la internacionalización y liberalización de la economía, abogando por el establecimiento paulatino de la autarquía.

 

La fatal ignorancia

          La “Reforma Rural Integral” es la sentencia de muerte del campo colombiano. Las medidas socialistas que allí se establecen terminarán por hundirlo aún más en la situación de atraso y pobreza que históricamente ha vivido. Es imposible que con su aplicación el sector agropecuario se intensifique en capital e incremente su productividad. Con la eliminación de la propiedad privada (mediante expropiaciones y gravámenes) se disolverá cualquier atisbo de desarrollo, pues el mecanismo institucional que lo genera ya no existirá más. El campo sufrirá una larga agonía. La sovietización será lenta y progresiva. No obstante, existe un halo de esperanza: la opinión pública puede movilizarse en contra de la Reforma y presionar su reversión. Quizás no sea demasiado tarde para un cambio de dirección.

 


[1] Hans Hermann Hoppe (1989) establece varias clases de socialismo. Las más importantes son el socialismo “al estilo ruso”, o de extracción marxista, que aboga por la colectivización de los medios de producción, y el socialismo socialdemócrata, que en apariencia tolera la iniciativa privada, pero exige regulaciones y el control directo del Estado en diversos sectores económicos. La diferencia entre ambos es más de grado que de especie.


Bibliografía

Bastos, M.A. (2007). La justicia del comercio. Un análisis crítico de los fundamentos del comercio crítico. Revista de Investigaciones Políticas y Sociológicas, Vol. 6, Núm.2, pp. 145-160.

Calzada, G. (2006). La propiedad privada por los suelos. [En línea] Instituto Juan de Mariana. Disponible en: https://www.juandemariana.org/ijm-actualidad/articulos-en-prensa/la-propiedad-privada-por-los-suelos

Hoppe, H.H. (2010). A Theory of Socialism and Capitalism. Auburn, AL.: Ludwig von Mises Institute.

LeFevre, R. (1987). The Philosophy of Ownership. Orange, CA.: Pine Tree.

Mises, L. (1980). La Acción Humana. 4 ed. Madrid: Unión Editorial, S.A.

Rothbard, M. (1998). The Ethics of Liberty. 2 ed. New York, NY.: New York University Press.

Rothbard, M. (2009). Man, Economy, and State. 2 ed. Auburn, AL.: Ludwig von Mises Institute.

Schroeder, G. (1991). The Dismal Fate of Soviet-Type Economies: Mises was Right. Cato Journal, Vol. 11, No.1, pp. 13-25.

Williamson, C.R. (2011). The Two Sides of De Soto: Property Rights, Land Titling, and Development. En: E. Chamlee-Wright., The Annual Proceedings of the Wealth and Well-Being of Nations, 2010-2011. Beloit, WI.: Beloit College Press.

 


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