¿Debe el Estado garantizar los derechos de sus ciudadanos?

 Jose M. Guzmán

Estudiante de la Universidad Simón Bolívar

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Los derechos humanos son fundamentales para el desarrollo de cualquier sociedad. Una de las pocas razones por las que se puede argumentar la importancia del Estado es, sencillamente, por la necesidad de proteger nuestros derechos. Su valor primordial radica en que los derechos del hombre son condiciones que le son intrínsecas, que le permiten ser un fin en sí mismo y darse sus propios fines. El derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad –que son los derechos liberales tradicionales, son fundamentales no sólo porque permiten al hombre desarrollarse, sino también porque suponen el fundamento en el cual se asienta el Estado de Derecho.
     Esto quiere decir que de cierta manera, las Constituciones de los países tienen como finalidad establecer el marco de reglas a fin de mantener y respetar esos derechos fundamentales que se encuentran reconocidos. En el caso Venezolano por ejemplo, el Art. 2 de la Constitución dispone que uno de los valores del ordenamiento jurídico y de su actuación sea la preeminencia de los derechos humanos. En consecuencia, el Estado existe para hacer respetar estos derechos y asegurar que todas las leyes cumplan esta misión; es la única organización que tiene el poder de la coacción para poder hacer cumplir el principio de la salvaguarda de nuestros derechos.
     Sin embargo, muchas veces el rol del Estado no termina allí. Las crecientes demandas de la sociedad han generado una ampliación de las funciones del mismo. Ya no sólo existe el Estado como ente protector, sino que también se ha atribuido otras funciones que en la mayoría de los casos generan más problemas que los que pretenden solucionar. Esto se debe principalmente a que en su afán de garantizar nuestros derechos –ya no de solo hacerlos respetar, los Estados se extralimitan y tienden a violar otros por otro lado. Esta realidad, que se ve con más claridad en gobiernos de carácter socialista, plantea una pregunta importante: ¿Debe el Estado garantizar los derechos de sus ciudadanos? Si la respuesta es afirmativa, valdría la pena preguntarse también… ¿Cómo debe el Estado garantizar estos derechos?
     La clave para responder a estas preguntas está en la diferencia entre la línea –a veces muy fina, que separa el «respetar» del «garantizar». Respetar los derechos está vinculado con el límite que tenemos en nuestro actuar como individuos. Esto supone que nuestras acciones serán legítimas en la medida que no violenten los derechos de los demás. En contraste con este escenario se presenta el Estado que “garantiza” a sus ciudadanos sus derechos. Ya aquí el Estado tiene un rol ampliado: no sólo busca crear condiciones que permitan el goce de los derechos de las personas sino que actúa también con la intención de garantizarlos por ellos.
     Este segundo escenario, cada vez más extendido en todo el mundo, tiene unas repercusiones importantes porque esconde una puerta para el desamparo de derechos que el Estado tiene el deber de proteger. El hecho de que el Estado tenga la función de ser garante de nuestros derechos, le da la calidad de árbitro de, y de jugador en, la sociedad, y abre la puerta para que pueda usar la coacción como una herramienta para tal fin –muchas veces, a costa de la destrucción de la salvaguarda de nuestros derechos.
     Un ejemplo muy claro es el caso del derecho a la vivienda en Venezuela. De acuerdo con el Art. 82 de la Constitución nacional:
Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénicas, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos. El Estado dará prioridad a las familias y garantizará los medios para que éstas, y especialmente las de escasos recursos, puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas.
     El Estado no sólo está obligado a satisfacer este derecho, sino que también debe garantizar los medios. Es decir que puede disponer de la coacción como instrumento para cumplir con dicha función, como en efecto ha hecho. Las expropiaciones, los aportes del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, las Carteras crediticias obligatorias para Vivienda, las invasiones, etc.; son todas violaciones a la propiedad privada justificadas por el derecho a la vivienda, y que además no han resuelto el problema.
     La cuestión sobre lo que una agencia de gobierno tiene la facultad de hacer o qué grado de poder sobre los individuos se le permite ejercer es central en la discusión que se tiene que dar acerca de la discrecionalidad que tiene Estado para “garantizar” un derecho.
     La consecuencia ulterior termina siendo la destrucción del imperio de la Ley producto de que el patrimonio (como conjunto de bienes y derechos) de los ciudadanos, y el ciudadano mismo, comienza a constituir los medios de los que dispone el Estado para “garantizar” derechos. En la medida que le permitimos al Estado intentar satisfacer todas nuestras necesidades, estamos abriendo la puerta a la discrecionalidad y a la violación de nuestros propios derechos.
Respondiendo a las dos preguntas planteadas anteriormente, el Estado no debería garantizar los derechos de los ciudadanos, sólo hacerlos respetar. Sin embargo, la participación del Estado es posible siempre y cuando se cumpla la condición de que dicha participación sea o como árbitro –creando las condiciones idóneas para la satisfacción de los derechos, o como jugador –siempre que esté regido bajo las mismas condiciones que los demás actores, pero nunca en ambas calidades.
     En conclusión, el rol que tiene el Estado debe estar muy bien definido, asegurando que el accionar del Estado no atente contra nuestros derechos excusándose en la garantía de otros. No se trata de argumentar en contra o a favor de un derecho a la vivienda, sino de preguntarse de qué manera y a costa de qué el Estado podrá garantizarlo. Si reconocer un derecho supone violentar otro, lo más probable es que estemos hablando de un “derecho” que nunca lo fue.


Este artículo expresa Únicamente la opinión del autor y no necesariamente la de la organización en su totalidad. Students For Liberty está comprometida con facilitar un diálogo amplio por la libertad, representando opiniones diversas. Si eres un estudiante interesado en presentar tu perspectiva en este blog, escríbele al Director del Blog de EsLibertad, Humberto Martí­nez, a [email protected].

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